Estudio Riviere

postheadericon Islas Virgenes Británicas

La reputación de las Islas Vírgenes Británicas [BVI] como jurisdicción offshore está muy establecida. La incorporación de una IBC (International Business Company) es simple y rápida. Combinada con una razón social de consonancia inglesa y un domicilio comercial en Londres o Nueva York puede constituir el vehículo perfecto de sus operaciones internacionales off shore.
Las BVI o Islas Vírgenes Británicas forman parte del archipiélago de las Pequeñas Antillas y se encuentran al este de Puerto Rico, entre el Océano Atlántico y el Mar de las Antillas.
Una parte del archipiélago pertenece a los Estados Unidos y la otra parte -que aquí nos interesa- a la Corona Británica.
Las Islas Vírgenes Británicas son administradas por un Gobernador, nombrado por la Corona, al lado del cual se reúne un Consejo Ejecutivo.
La legislación aplicada en las Islas Vírgenes Británicas es una mezcla de common law y de disposiciones que fueron tomadas localmente para integrar las peculiaridades de las Islas.
Las principales leyes que rigen la parte legal de las empresas comerciales son :

  •   The Companies Act 1985
  •   The International Business Companies Ordinance 1984
  •   The Banks and Trusts Companies Act 1990

Como las vigentes en las Bahamas, las obligaciones a cumplir en los planos legal, fiscal y contable son pocas.
Los nombres de los Directores y de los Accionistas no aparecen en forma pública, la presentación de cuentas o de auditorías anuales no es obligatoria, etc.
Al opuesto de la mayor parte de las jurisdicciones europeas el impuesto anual de las sociedades (U$S 300 en las Islas Vírgenes y U$S 250 en Las Bahamas) debe pagarse desde el primer año.
Se trata de una de las jurisdicciones privilegiadas para incorporar compañias de costos razonables y que aseguran un buen nivel de confidencialidad.
Una observación importante, es que no se pueden utilizar estas compañias en forma directa para hacer operaciones con empresas de la Comunidad Europea o de Estados Unidos, por ejemplo, ya que las BVI se encuentran en la «lista negra» de paraísos fiscales en el fisco de numerosos países.
Es así que, si desea incluir operaciones con la C.E.E. o con Estados Unidos, debería incluirlas en una estructura de dos o más empresas a efectos de poder realizarlas sin problemas.

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